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[INCENDIO YATE EN FORMENTERA] ¿Que tipo de protección aseguradora (seguro barco y más seguros…) debería tener este megayate?

13 de agosto de 2022

Se suele decir que «para esto están los seguros».

¡Y es así! . El quiz de la cuestión es que cuando ofrecemos un seguro de barco realmente en ese momento «vendo humo», es totalmente intangible, es un servicio; si a esto sumamos lo habitual en el 99,9% de los casos en donde los clientes suelen decir o hacer:

1- [DECIR]: «Hazme el seguro como tu veas pero que me lo cubra todo!

2- [HACER] «Dejarlo en manos de:

1- [HACER] Los concesionarios o náuticas

2- [HACER] Las empresas de leasing/ banco

3- [HACER] Compañía de seguro directamente

4- [HACER] Agente de seguro exclusivo

5- [HACER] Agente de seguros vinculado

6- [HACER] con un corredor o corredora de seguros

7- [HACER] con un Mediador de seguros especialista en este tipo de riesgos (marine insurance broker)

Pues créeme, después de 32 años como corredor de seguros y 18 años como marine insurance broker la cosa cambia… y mucho según a quien elija.

Conozco casos de yates y megayates , muchos casos por desgracia, que el armador desconoce realmente si tiene la cobertura correcta para proteger su barco pero sobre todo y lo más importante, si siente la tranquilidad de que si pasa algo no va a tener ningún problema de cobertura; entonces ahora me gustaría que después de lo que te voy a poner a continuación, cerraras los ojos y lo visualizaras, ahí va: ¡Si un armador de un yate y megayate no sabe si está bien cubierto y tranquilo… imagína la masa náutica de recreo de barcos de  5 metros de eslora hasta 16 metros….!

Si yo te contara fliparías en colores. Barcos de 12 y 16 metros solamente asegurados con el seguro obligatorio*.… a cientos…  y te lo digo con evidencia porque es lo que me encuentro cada día.

*Nota: El seguro obligatorio de embarcaciones sólo cubre 96.000 euros de daños materiales, así que imagínate si se pega fuera un barco de esos en un pantalán y por culpa suya se queman un par de barco más… ¡ni pa pipas!.

En este caso el armador tendría que responder con su patrimonio personal o empresarial

Podría seguir.. pero creo que con esas palabra demuestro mi interés porque todos los navegantes estés perfectamente asegurados y que los máximos responsables a la hora de contratar un seguro son ellos. La palabra es ELEGIR, ¿Dónde y con quien ELIGES hacer el seguro para tu barco?

Ahora al lío con lo del incendio del barco en Formentera y cómo debería estar cubierto desde el punto de vista asegurador. El seguro del incendio del barco de Formentera lo desconozco, yo voy a exponer como considero que se debe de hacer:

NOTA: La idea de este post es «marcar» lo imprescindible explicando algún detalle, pero no es la intención profundizar en cada una de las coberturas, si quieres más info ponme un comentario y gustosamente te ayudaré dentro de mi conocimiento, y si lo sé te ayudo.

1-Elección de la empresa que hace el seguro: Debe ser un marine insurance broker. Son especialista en el tema. Si el doctor de cabecera también tuviera que operarte de una rotura de ligamente cruzado ¿Qué tal lo haría? Pues eso.

2-El seguro de daños a la embarcación se debería estar hecho a:

2.1 Cláusulas Inglesas (Institute Yacht Clauses -IYC- 01/01/1985)

Dentro de las Inglesas además para este megayate son imprescindibles

  • CL55 Institute Pollution Hazard Clause
    CL32 Yacht Machinery Damage Extension Clause 01/01/1985
    CL329 Institute War & Strikes Clauses 01/01/1985

La filosofía de la IYC es de ser de coberturas innominadas, o sea que sería algo así «todo lo que no está excluido está incluido» y gracias a su cobertura de «perils of the seas» -peligros en el mar- se tiene mucha cancha para tener una gran cobertura porque realmente las exclusiones son pocas comparadas con las pólizas a «clausulas españolas» donde domina las cobertura nominadas o sea que te dicen lo que te cubre y lo que no te cubre. Si ocurre un siniestro de algo que no está nominado no te cubriría.

Te pongo un ejemplo porque es lo más fácil de ver:

Siniestro: Succión de Plásticos por el motor causando daños al mismo

ESPAÑOLAS: No las cubre porque no hay ninguna cobertura que se llame «succión de plásticos»

INGLESAS: Las cubre porque es un riesgo de la mar y no está excluido.

Las inglesas las puedes contratar en la mayoría de compañía que hacen seguros de barco y suele ser optativo y lleva sobreprima casi siempre. Para embarcaciones de poco valor y eslora no las suelen aceptar, las inglesas están enfocados a barcos a partir de 8 metros, aunque se puede hacer para barcos más pequeños en algunas compañias. Tip: En los condiciones generales de la póliza se mezclan coberturas de las españolas con las inglesas, tienes que saber que SIEMPRE PREVALECEN LAS INGLESAS, que no te cuenten milongas las señoras compañías a la hora del siniestro.

¿Más claro ahora no?

2.2-American Yacht Form R12, seguro «all risk» muy parecido a las inglesas pero poco habitual que los marine insurance españoles lo hagan. Yo en mi caso, solamente he hecho una en mi vida profesional.

2.3-Compañías super especializadas con sus propias cláusulas y coberturas que incluso a veces mejoran las inglesas

3-OTRAS COBERTURAS HABITUALES:

RESPONSABILIDAD CIVIL de SEGUROS PARA BARCOS: Tener contratado seguro voluntario de al menos 20 millones de euros en la póliza de la embarcación y además contratar un P&I (Protection and Indemnity) donde el capital de responsabilidad civil puede llegar a cantidad pactadas realmente impresionantes por ejemplo 100.000.000 $ (dólares). Yo particularmente para este yate del incendio en Formentera pondría esa cantidad.

Lo bueno de un P&I es que cubre la responsabilidad civil entre la tripulación y del armador hacia la tripulación y todas estas cosas, a destacar la cobertura de polución (daños ecológicos) que se le pudiera reclamar.

  • Responsabilidad frente a personas distintas de los tripulantes (intoxicaciones etc..)Responsabilidad por abordaje . Daños a la propiedad que no sean por abordaje Responsabilidad por pérdida o daños de la propiedad frente a terceros .Responsabilidad por remoción de restos Responsabilidad por poluciónMultas y sanciones
    Remolque de la embarcación asegurada Remolque por la embarcación asegurada ..Polizones y refugiados Gastos de desvíoSalvamento de vidas humanas Costes y gastos
    Gastos de cuarentena y desinfección 

4-TOYS Y SIMILARES: Casi todos estos megayates llevan «juguetitos» como motos acuáticas, paddle surf,artefacto a motor para sumergirse y bucear

etc etc…; por ello se debe esta seguro que quedan incluidos en póliza tanto para daños como para responsabilidad civil.

5-DEFENSA JURÍDICA ESPECIALIZA PARA NAVEGANTES, se suele contratar en póliza aparte. No obstante, como comprenderás estamos seguros que el armador de un megayate como el que nos ocupa tendrá su propio gabinete de abogados.

6-SEGURO DE ACCIDENTES Y DE SALUD PARA LA TRIPULACIÓN. Es un tema que se toman muy en serio en este tipo de embarcaciones y que se negocia con la tripulación la mayoría de la veces. Elegir una buena tripulación que sea fiel en el tiempo depende mucho de cómo los cuide el armador respecto a sus seguros de accidente y de salud.

Hay compañías especializadas que las cubren como anexo en la misma póliza del barco y hay otras en las que hay que hacer póliza aparte.

Para saber más:

Llamarme: 619226601

Real Decreto Seguro Obligatorio:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-9655

Para saber más de cómo hacer bien tu seguro de barco: https://elsegurodemibarco.com/preguntas-frecuentes/

Si deseas que te pasa las IYC o las American Form solicítamelo por Whatsapp

#compartirescrecer (agradecería si te ha gustado lo compartas) 😉

Artículo realizado por Rafael Bonilla -Marine Insurance Broker-

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